Registrar Firma Personal!Gestion!Tramite

Autor: Gutierrez & Asociados  //  Categoría: Firma Personal

 

 

PASOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL

 Una firma personal es un documento donde te declaras comerciante ante el registrador mercantil y eso te da derecho a usar un nombre comercial y a asumir las funciones que cumpliría cualquier empresa o sociedad mercantil, con las limitaciones que tu eres el/la único/a socio/a te da derecho a usar facturación con todas las de la ley.

 Una firma personal es una empresa en cuyo nombre debe aparecer el apellido del dueño, y para el cual se debe hacer una solicitud de la búsqueda de nombre.

 Su finalidad es casi siempre realizar operaciones de carácter mercantil, generalmente mediante la prestación de un servicio.

 El principal requisito es que la persona que desea conformar la firma personal debe estar solvente. Ser mayor de edad, no importa la condición civil ni nacionalidad. Poseer realmente el capital para la firma y consignar todos los requisitos solicitados siguiendo las bases de las leyes (Código de Comercio).

Este tipo de firma tiene ciertas desventajas, por ejemplo en caso de litigio el comerciante responde con su patrimonio, a diferencia de las sociedades mercantiles, que responden hasta el capital que se haya registrado. Otra cosa, al momento progreso de la firma personal, el comerciante tendrá que asociarte, lo que no podrá hacer con una firma personal. Asimismo, al momento solicitar créditos bancarios lo más probable que se requiera  una C.A.  

 REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL

 • Solicitud de la “búsqueda de nombre” (art.26 y 28 del código de comercio)

• Pago de “reserva del nombre” (02) U.T • Documento constituido visado por el abogado,(art.19 ordinal 8 del código de comercio)

• Fotocopia de la cedula de identidad y R.I.F personal

• Estampillas

• Soporte del capital, si es en efectivo “referencias bancarias y sus últimos movimientos“Si es en bienes “presentar la(s) factura(a) original(es)”

• Planilla de liquidación de tributos bolívar (entregan en el registro cuando consignan el documento).

 PASOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL.

 1.- Solicitud de búsqueda de nombre o denominación social. Efectuar la solicitud de búsqueda de nombre (denominación) mediante un formato que le entregará en la taquilla 1 (visto bueno). Dicho formato deberá rellenarlo usted mismo en letra clara y de imprenta, el resultado de la búsqueda le será entregado al tercer día hábil siguiente (en tiempo normal) Para obtener la planilla que requiere constituir una FIRMA PERSONAL se debe depositar en el BANCO a nombre de REGISTRO MERCANTIL.

 2.- Reserva de nombre o denominación social De encontrarse libre el nombre o denominación social solicitado, usted DEBERÁ pagar el monto correspondiente a los derechos de reserva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en la cual se produjo la respuesta positiva, ya que de no hacerlo el nombre o denominación quedará automáticamente disponible.

 3.- Sello de “Visto Bueno” Dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la reserva de nombre, debe dirigirse a la taquilla 2 con el acta constitutiva de la firma personal para que le estampen el sello de visto bueno después de revisar que el nombre o denominación social se encuentre bien escrito es decir, que se corresponda exactamente con la denominación reservada.

  4.- Compra de planillas Adquiera en la taquilla de timbres fiscales, tantas planillas de liquidación como documentos desee inscribir.

 5.- Cálculo de montos a pagar por la inscripción Al presentarse en la taquilla de Cálculo con su documento y la planilla de liquidación, el funcionario del Registro efectuará el cálculo de las cantidades que usted deberá pagar por los conceptos de tasas contempladas en la Ley de Timbre Fiscal (correspondientes al fisco), estampillas o timbres fiscales y aranceles. 6.- Elaboración de planilla de derechos del fisco.

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Autor: Gutierrez & Asociados  //  Categoría: Cooperativas Constituir

 

 

 

PASOS PARA REGISTRAR UNA COOPERATIVA EN VENEZUELA

 Para constituir una cooperativa, la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (LEAC) establece un mínimo de cinco asociados que la integren. Luego debe identificarse en cual área de acción se desempeñará la asociación, recordando que los principales sectores son Servicios, Producción, Protección Social, Transporte, Consumo y de Ahorro y Crédito. Posteriormente, se selecciona el nombre de la cooperativa y mediante una planilla que entrega la Superintendencia Nacional de Cooperativas se consulta si ese nombre escogido no corresponde a alguna otra cooperativa registrada anteriormente.

 ESTATUTOS

 Junto con la habilitación para el nombre de la cooperativa, el aspirante recibe una reserva de denominación que le garantiza 90 días continuos para efectuar el registro. Sin embargo, antes de registrar públicamente la cooperativa, deben reunirse los socios y elaborar un proyecto de estatutos que determine la estructura organizativa, las normas de funcionamiento y los aportes de los asociados, entre otros. El artículo 13 de la Ley de Asociaciones Cooperativas especifica cuál debe ser el contenido mínimo de los estatutos, que deben ser aprobados por mayoría en una asamblea constitutiva.

 REGISTRO

 Los estatutos deben llevarse ante un registro subalterno o un registro inmobiliario. Este servicio es gratuito en todos los registros subalternos del país. El siguiente paso es enviar a la Sunacoop durante los siguientes 15 días hábiles una copia simple del documento constitutivo. Además deben indicarse la dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa. Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización.

 FUNDAMENTAL

 En un período de diez días hábiles podrá retirar la constancia de inscripción de cooperativas en las oficinas regionales de la Superintendencia Nacional de Cooperativas. Es importante tener en cuenta en todo momento que todos los trámites para la formación del grupo cooperativo son totalmente gratuitos. Asimismo es fundamental entregar todos los datos requeridos en las solicitudes, para evitar el rechazo del registro.

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